{mosimage}El pago de dichas Tasas deberá realizarse con el documento de cobro que a estos efectos facilite el Ayuntamiento y que se repartirá en los domicilios de los interesados durante los primeros quince días del período. Si no se recibiera en el domicilio debe solicitarse.
El ingreso podrá efectuarse en efectivo o mediante adeudo en cuenta en cualquier oficina de Caja Madrid, La Caixa, Caja Cataluña, Banco de Santander, Banesto y BBVA, bien en cualquiera de sus oficinas en horario de atención al público o a través de banca electrónica de estas Entidades para aquellos clientes de la misma.
Para aquellos que estén obligados al pago domiciliado, se adeudará el día 30 del presente mes de abril. Asimismo hay que tener en cuenta que todos los recibos domiciliados disfrutarán de una bonificación de hasta el tres por ciento en los términos establecidos en
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