
La Ordenanza Fiscal nº 2 del Ayuntamiento, reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ha establecido bonificaciones de la cuota íntegra del impuesto sobre la vivienda a aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de familia numerosa.
Los arrendatarios que cumplen las condiciones asumen por contrato el pago del impuesto, pero no pueden beneficiarse indirectamente de la bonificación municipal. Por ello, para que las familias numerosas arrendatarias no resulten perjudicadas, Pammasa –Patrimonio Municipal de Majadahonda S.A.- podría aplicar la bonificación en la cuota del IBI que repercute en estos inquilinos en la misma cuantía prevista por el Ayuntamiento de Majadahonda en la ordenanza del impuesto.
Según las valoraciones catastrales y el número de hijos, las bonificaciones son diferentes:
- Valores catastrales de 420.000 €
- Si la unidad familiar la componen entre 3 y 6 hijos: 30%.
- Si la unidad familiar está formada entre 7 y 8 hijos: 40%.
- Si la unidad familiar la componen 9 o más hijos: 70%.
El inquilino que pretenda disfrutar de la bonificación deberá solicitarla, previa acreditación de su condición mediante la presentación del título de familia numerosa o justificante de su renovación y volante de empadronamiento familiar. Después, deberá hacer la bonificación correspondiente en el recibo mensual del mes siguiente al que se realiza la solicitud.
Escribir un comentario